miércoles, 20 de enero de 2010

Banquetas, reflejo del egoísmo y la antidemocracia



En ella se encuentra de todo: puestos de comida chatarra, DVD’s o MP3, sirve de estacionamiento y de glamurosa entrada triunfal a la carroza del soberano vecino que cree ser dueño de ese pedazo de concreto también llamada acera, pero un despistado también se puede encontrar con una pendiente muy pronunciada, tropezar con una grieta, hasta con una reja de zaguán. Ni que decir de las personas con discapacidad

Texto: Arturo Jiménez

Acera. Parte lateral de la calle, más elevada que la calzada y reservada a la circulación de las personas.

La imagen es muy familiar. Peatones caminando a centímetros de automóviles que pasan a toda velocidad. Automóviles estacionados en la banqueta que obstruyen el libre tránsito de personas. Los verdaderos “ciudadanos de a pie” tienen que librar la batalla cotidiana en su andar por las calles de cualquier ciudad del país.

Se habla de puentes de rampas para personas con discapacidad, de acceso a las banquetas, de cajones de estacionamiento destinados exclusivamente para esta población, pero pocas veces se habla que incluso en ciudadano común puede padecer graves problemas a causa de las banquetas.

El deterioro de las banquetas, aunado al mal uso que los vecinos y en general la población hace de ellas en diversas ciudades del país resulta un problema para los peatones y se vuelve peligroso transitar en ellas. A las grietas, raíces de árboles, hoyos y obstáculos que aparecen por falta de mantenimiento por parte de las autoridades, y al tan ya mencionado y abundante comercio informal, de comida o de películas, se les suman rampas, escalones, pisos especiales, desniveles y demás que se convierten en extensiones de domicilios particulares y de negocios invadidas por el comercio ambulante o usadas como estacionamiento vehicular y que expulsan sin distinción tanto a peatones como a personas con discapacidad al arroyo vehicular.

El artículo 5 del Reglamento de Tránsito del Distrito Federal establece que las banquetas de las vías públicas estarán destinadas al tránsito de los peatones, y que las autoridades tomarán las medidas que procedan para garantizar la integridad física y el tránsito seguro de los mismos.

Pese a que el siguiente artículo, el seis, del mismo reglamento obliga al peatón a no transitar por la superficie de rodamiento de la vía pública destinada a la circulación de vehículos, salvo para cruzarla, para las personas que utilizan sillas de ruedas, andaderas, muletas o bastón se ven prácticamente imposibilitadas en su andar en estas condiciones.

Un verdadero peligro

Alejandra solía caminar sin importarle en demasía puestos ambulantes o automóviles estacionados en la acera. Simplemente caminar algunos trayectos cerca del tránsito vehicular como millones de mexicanos lo veía como algo natural. Tuvo necesidad de practicarse una cirugía que la dejó imposibilitada de caminar por alrededor de cuatro meses y usar silla de ruedas en lo que volvía a caminar. “Fue imposible”, sentencia. Vivió la realidad de miles de personas con discapacidad que no pueden trasladarse fácilmente por una ciudad que nunca piensa en ellos.

En el sexenio pasado se expidió la Ley General de las Personas con Discapacidad y en materia de vialidad señala que las personas con discapacidad tienen derecho al libre desplazamiento en condiciones dignas y seguras en espacios públicos; sin embargo, esto no aplica en diversas zonas urbanas.

La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad en su artículo 9 establece: Los Estados Partes adoptarán medidas pertinentes para asegurar el acceso de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás, al entorno físico, el transporte, la información y las comunicaciones, y a otros servicios e instalaciones abiertos al público, tanto en zonas urbanas como rurales. Estas medidas que incluirán la identificación y eliminación de obstáculos y barreras de acceso, se aplicarán entre otras cosas a: edificios, vías públicas, trasporte, escuelas, instalaciones médicas, viviendas y lugares de trabajo.

El mismo Reglamento de Tránsito del DF, en su artículo 16, prohíbe la obstrucción o la utilización de espacios destinados al estacionamiento de los vehículos de personas con discapacidad, así como los de sus rampas de acceso a las banquetas y vías peatonales.

Letra muerta resultan las sanciones por ocupar u obstruir los espacios destinados al estacionamiento de los vehículos de personas con discapacidad, de sus rampas de acceso a las banquetas y vías peatonales, por ocupar u obstruir los espacios destinados al estacionamiento de los vehículos de personas con discapacidad, de sus rampas de acceso a las banquetas y vías peatonales, así como por estacionarse sobre las banquetas, camellones, andadores, isletas, u otras vías reservadas a peatones que en todos los casos el monto de la multa está establecida en cinco días de salario mínimo.

La gente en general valora la banqueta cuando ya sucede algo. Cuando se enteró de alguien cercano atropellado o cuando a uno mismo le pasa algo. Cuando ya tuviste algún daño.

Es parte del activo fijo y por eso mismo hay que cuidarlas. Se impone la ley de la necesidad y del más fuerte.

El uso inadecuado de las banquetas refleja también la falta de otros elementos, por ejemplo, estacionamientos, lugares para ejercer algún comercio de forma accesible y por la vía legal y ordenada, falta de empleo bien remunerado, falla en los servicios educativos, no se regula ni se sanciona el comercio informal ni se aplican sanciones estipuladas en los reglamentos de tránsito, los cuales en muchos sentidos son letra muerta. Las banquetas tienen implicaciones sociales, que no se esté utilizando bien una banqueta tenemos que ir más allá

Incluso la calle se convierte en una extensión de la propiedad más allá de fachadas, se vuelven un tema de poder, se converte en un bien personal.

BANQUETA2

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